Importante sentencia del TS sobre empresa familiar.

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Traemos a este artículo la sentencia del TS que arroja luz y jurisprudencia sobre las donaciones de la empresa familiar constituidas en parte por activos financieros. Asimismo, realizamos un análisis de su correspondencia con otros Impuestos a los que afecta; IP e IS.

El 10 de enero de 2022 el Tribunal Supremo -Sala de lo Contencioso- dictó sentencia que crea Jurisprudencia con relación a la donación de una empresa familiar que presenta en su activo inversiones financieras.  En cierto modo responde a mi pregunta recurrente. ¿En una sociedad holding, el efectivo obtenido esta afecto a la actividad, incluso cuando se supere el plazo de dos años, si todavía no se ha reinvertido en otra compañía o inversión?

Como considero que mis trabajos intentan ser siempre didácticos, voy a poner en contexto esta sentencia e intentaré explicar su repercusión a nivel práctico.

Introducción

En normas anteriores para referirnos al concepto de empresa patrimonial, nos remitíamos al artículo, 4.8 de la ley19/1991, de 6 de junio, del Impuesto de Patrimonio hoy en día este concepto viene establecido en el artículo, 5.2 en la ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto de Sociedades.  

Con la entrada en vigor el uno de enero de 2015 de la Ley 27/2014, del Impuesto de sociedades, se expuso una reforma fiscal del nuevo régimen de las entidades patrimoniales, en el cual se le dio una nueva definición a la sociedad patrimonial…

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